Por: Nicolás A. Jerkovic. Gobierno, Riesgo, y Reporte en Ekosos
Existen diferentes normas para elaborar Reportes de Sostenibilidad. En general, los usuarios de estas normas no suelen tener claridad de cuál es la más conveniente para su empresa. Pero eso no sólo le pasa a los usuarios, sino también a los inversores y otros grupos de interés que hace uso de la información que publican las empresas en relación a su desempeño ambiental, social, y de gobierno (ASG o ESG por sus siglas en inglés). Si bien existen múltiples opciones normativas (lo que genera confusión y le resta claridad y transparencia al ordenamiento del sistema de información internacional), las diferentes instituciones involucradas se encuentran en un proceso de conversaciones a efectos transitar hacia una convergencia internacional.
Lo primero que debe definir la empresa es la perspectiva de materialidad que utilizará. Es decir, si utilizará la perspectiva de materialidad financiera, materialidad de impacto, o doble materialidad. Estos conceptos están desarrollados en el artículo «Gestión sostenible. Cómo definir los aspectos relevantes a gestionar» . Habiendo definido las perspectivas, lo siguiente es elegir la institución y marco normativo que adopte la perspectiva de materialidad elegida por la empresa. Cuando hablamos de instituciones y marcos normativos, nos referiremos a las principales y que son desarrolladas en el artículo ¿Qué normas existen para elaborar un Reporte de Sostenibilidad? : GRI, SASB, IFRS, Reporte Integrado, EFRAG, CDSB, TCFD, CDP, Value Reporting Foundation.
La figura anterior muestra donde se ubica cada una de las instituciones y normas antes mencionadas, de acuerdo a la perspectiva de materialidad que adoptan. Tanto el GRI, CDP, como EFRAG son las que adoptan la perspectiva de Materialidad de Impacto y doble materialidad. El resto, adopta la materialidad financiera.
Una forma de entender cuál es la perspectiva de materialidad que debería adoptar la empresa, y el marco normativo apropiado, es conocer la audiencia a la que quiere dirigirse y el tipo de información que quiere divulgar. Desde esta mirada, y refiriéndonos a las mismas instituciones y marcos normativos de antes, la configuración es como la que sigue:
De acuerdo a la figura anterior, las diferentes normas se enfocan en temas específicos vinculados a cambio climático y ambiente, o a temas generales de sostenibilidad. A su vez, según la perspectiva de materialidad que adopten (financiera, de impacto o doble materialidad), la audiencia a la que se dirigen es financiera o de múltiples grupos de interés. Entonces, por ejemplo, si la audiencia de una empresa en relación a su reporte de sostenibilidad son múltiples grupos de interés, y además quiere comunicar su desempeño en temas de sostenibilidad, para la elaboración de su Reporte de Sostenibilidad debería utilizar las normas GRI, o las EFRAG (aunque estas son sólo para la Unión Europea y al momento de escribirse este artículo aún están en desarrollo).
Si estas interesado en trabajar el Reporte de Sostenibilidad de tu empresa, o en mejorarlo en base a las mejores prácticas internacionales, no dudes en contactarnos.